Historia de la educación en España desde una perspectiva legislativa

En un espacio muy breve de tiempo, el sistema educativo español y de Cantabria ha experimentado transformaciones sustanciales, fruto del impacto legislativo producido, tanto desde el ámbito del Ministerio de Educación como desde nuestra Comunidad Autónoma. La formación profesional, por ejemplo, ha reflejado, asimismo, un cambio espectacular, en particular desde la publicación y entrada en vigor de Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional (LOCFP), de 2002.

 

Conviene recordar que, si exceptuamos la Ley de Instrucción Pública, de 9 de septiembre de 1857, más conocida como Ley Moyano, -primera Ley General de Educación- y la Ley General de Educación (LGE) de 1.970, conocida popularmente como Ley de Villar Palasí, en honor al Ministro de Educación de la época, -segunda Ley General de Educación decretada en España- toda la normativa se ha publicado en los últimos treinta años, coincidiendo con la época más cambiante de la historia de la humanidad, en mi opinión. ¿Cuántos gobiernos y regímenes políticos tuvo España durante los ¡¡143!! años que estuvo en vigor la Ley Moyano?

 

La Constitución Española de 1978 devuelve a España la normalidad democrática y, en materia de Educación, proporcionó un amplísimo consenso entre todas las fuerzas políticas de la época.

 

Lamentablemente, decisiones partidistas de los sucesivos gobiernos de España, que utilizan la Educación como instrumento para alcanzar réditos políticos, nos conducen hacia una situación indeseable que perdura hoy en día. En ese entorno se enmarcan la Ley Orgánica sobre el Estatuto de Centros Escolares (LOECE) de 1.980 –impulsada por José Manuel Otero Novas-; La Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación (LODE) de 1.985 –inspirada por el que fuera Ministro de Educación del gobierno de Felipe González, José Mª Maravall y La Ley Orgánica General de Ordenamiento del Sistema Educativo (LOGSE), de 1.990, que entró en vigor siendo Ministro de Educación Fco. Javier Solana Madariaga.

 

Una excepción puntual, en materia de consenso, fue la Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional (LOCFP) de 2002. En mi opinión ese consenso fue más ficticio que real, posiblemente forzado por directivas comunitarias procedentes de la Unión Europea (UE). El escenario de movilidad de ciudadanos por motivos de residencia y de trabajo, exigía una convergencia con las políticas de cualificación y formación profesional homologables con la Europa de los 27 de la que formamos parte. No quedaba margen, por tanto, a discrecionalidades partidistas. De hecho la ley fue aprobada por unanimidad, si mal no recuerdo.

 

Sin embargo, me voy a fijar en tres aspectos de la Ley muy concretos que se han mantenido en el tiempo y que no han sido objeto de interpretación o revisión posterior:

 

Uno referido a la finalidad de la Ley –artículo 1-  en el que podemos leer: “La presente ley tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. La oferta de formación sostenida con fondos públicos favorecerá la formación a lo largo de toda la vida, acomodándose a las distintas expectativas y situaciones personales y profesionales. A dicha finalidad se orientarán las acciones formativas programadas y desarrolladas en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, en coordinación con las políticas activas de empleo y de fomento de la libre circulación de los trabajadores”.

 

Otro, expuesto en el artículo 2. Principios del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, en su apartado 3 d) propugna: “La adecuación de la formación y las cualificaciones a los criterios de la Unión Europea, en función de los objetivos del mercado único y la libre circulación de trabajadores”.

 

Un tercero, relacionado con formación profesional –artículo 9-  en el que determina que “La formación profesional comprende el conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica. Incluye las enseñanzas propias de la formación profesional inicial, las acciones de inserción y reinserción laboral de los trabajadores, así como las orientadas a la formación continua en las empresas, que permitan la adquisición y actualización permanente de las competencias profesionales”.

 

Sin embargo, el disentimiento aparece de nuevo con las subsiguientes leyes. Así, la  Ley de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG), de 1995 y la Ley de Calidad en la Educación (LOCE), de 2.002, constituyen ejemplos claros de la falta de entendimiento de los partidos políticos mayoritarios. Su actitud sumerge a centros públicos y privados, a las organizaciones patronales y sociales y a la ciudadanía en una crisis permanente.

 

La Ley Orgánica de Educación (LOE), que entró en vigor en 2.006, consolida la discrepancia en materia de Educación, visualizada en el día a día de las formaciones políticas. Por otro lado, los altos índices de fracaso escolar y de abandono en los niveles obligatorios, unido a los malos resultados de las evaluaciones externas, genera un caldo de cultivo entre la ciudadanía que demanda con clamor un pacto político y social por la Educación entre las fuerzas políticas y sociales del país. El ministro Gabilondo pilota, en estos momentos, un debate generalizado en todo el país. Yo, personalmente, confío de sus frutos positivos en un próximo futuro y se alcance el deseado Pacto de Estado por la Educación.

 

Con este escenario en la esfera nacional, el Gobierno de Cantabria publica la Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria. Por vez primera Cantabria tiene su propia Ley de Educación que ordena el marco normativo de todas las enseñanzas del sistema educativo y, por tanto, incluye el referido a la formación profesional. Así, el artículo 45, al definir los principios generales en los que se sustenta, dice: “En el marco de los principios generales establecidos en el artículo 39 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, la Consejería de Educación establecerá las medidas oportunas para adecuar la oferta pública de Formación profesional al tejido productivo de Cantabria”.

 

Finalmente, para concluir este repaso histórico a través de la normativa estatal y de la más reciente promulgada por la comunidad autónoma de Cantabria, una vez transferidas las competencias educativas a las autonomías, nos encontramos con  el Decreto 4/2010, de 28 de enero, por el que se regula la ordenación general de la Formación Profesional en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria. (BOC del 8 de febrero).

 

Hoy quiero resaltar uno de los aspectos positivos del mismo. Me refiero a lo establecido en el artículo 41. Red de centros de Formación profesional, en su apartado 1.: “Todos los centros que impartan Formación profesional inicial, organizada en ciclos formativos y que esté financiada con fondos públicos de la Consejería de Educación, constituirán una red en la que se coordinarán las ofertas en aras del interés de las personas destinatarias y la eficiencia de los recursos públicos empleados”.

 

El hecho de hablar de UNA RED, me permite pensar que estamos poco a poco superando, al menos desde la administración educativa, la dicotomía enseñanza pública – enseñanza privada, sustituyéndola por un calificativo más apropiado como es el de UNA RED de centros sostenidos con fondos públicos.

 

Y para concluir me gustaría formular un deseo y una petición expresa que surge con fuerza desde el interior de mis más profundas convicciones: aquellos que tenéis la capacidad de consensuar y llegar a pactos y acuerdos, recuperad el espíritu del 78, el espíritu de la constitución española de 1978. Las personas de mi generación lo recordarán muy bien. Eran unos momentos difíciles, políticamente hablando. Sin embargo existía un clamor popular que demandaba cordura y entendimiento a la clase política para crear un marco en el que todos cupiéramos. Fue la constitución del consenso que hoy perdura y es nuestro referente indiscutible. Por ello, por la tradición histórica de los españoles que somos capaces de lograr retos inigualables ante las más adversas circunstancias, debemos apostar por un Pacto Político y Social por la Educación que marque el inicio de una nueva época como lo hizo la entrada en vigor de nuestra Carta Magna.

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