La Unión Europea reconocerá el aprendizaje no reglado

Con la denominación genérica de enseñanza no reglada o de su apelativo más acorde con la realidad educativa de hoy en día, aprendizaje no reglado, se designa a todos aquellos conocimientos, habilidades, capacidades y competencias alcanzadas por la vía “informal” o “no formal”

 

El pasado 26 de noviembre, los ministros de Educación de los veintisiete países que conforman la Unión Europea (UE) acordaron reconocer, homologar y acreditar  convenientemente el aprendizaje no reglado, «informal» y «no formal«. Se trata de conceder una adecuada cobertura a todos aquellos conocimientos adquiridos al margen de los estudios oficiales de la escuela, la universidad, los centros de formación profesional u otras instituciones académicas y laborales.

 Según anunció la comisaria europea de Educación, Juventud y Cultura, Androulla Vassiliou en una rueda de prensa posterior a la reunión mantenida, el acuerdo político alcanzado entrará en vigor a partir del año 2018 y permitirá que esos aprendizajes sean reconocidos, homologados y acreditados por las autoridades académicas y/o laborales, surtiendo efectos en toda la UE. Esta medida pone el foco en el objetivo de facilitar y aumentar las opciones de hallar empleo, tanto a los jóvenes menores de 30 años como a los adultos y ciudadanos de otras horquillas de población.

 Se califica de aprendizaje “informal” a todos aquellos conocimientos logrados en situaciones ordinarias de la vida de las personas. A título de ejemplo, se pueden incluir en este apartado el aprendizaje producido en el ámbito familiar; en el trabajo; en situaciones de índole social o, en un contexto más general, en la interacción cotidiana entre las personas. Por otro lado, se incluye en este apartado el aprendizaje de otras lenguas, distintas de la vernácula; las experiencias adquiridas a través del contacto con otras culturas –en acciones de voluntariado, por ejemplo-, bien en un contexto nacional o en el extranjero;…

 En la definición de aprendizaje «no formal» se aglutina aquellos conocimientos adquiridos en cursos, talleres, conferencias, seminarios o acciones de formación continua en el entorno laboral no conducentes a la obtención de un título, certificado de profesionalidad o una cualificación oficial. En esta categoría se incluye, además, cualquier otro tipo de aprendizaje fruto de recursos didácticos de libre acceso, tradicionales o vía internet, redes sociales,…

 A día de hoy, en la Unión Europea (UE) existen sistemas de reconocimiento del aprendizaje informal o no formal  solamente en Finlandia, Francia, Luxemburgo y Holanda. Ello significa que los otros veintitrés países, España incluido, podrán beneficiarse de la experiencia acumulada en estos cuatro que, a buen seguro, representará un interesante punto de partida para establecer un modelo europeo común de homologación, a partir de 2018.

 El ministro español de Educación, Cultura y Deporte Ignacio Wert mencionó, a la salida del precitado Consejo de Ministros de Educación, la existencia de un marco de cualificaciones profesionales en España. Enfatizó, asimismo, las medidas establecidas en este país para el reconocimiento de las competencias adquiridas en procesos no formales de aprendizaje. Igualmente, el señor Wert auguró que este tipo de aprendizaje «tendrá un papel cada vez más importante en el marco de la formación continua durante toda la vida». Este proceso de acreditación de competencias en España, adquiridas a través de vías no formales, se encuentra en las atribuciones competenciales de los ministerios de Educación y de Empleo.

 Sin embargo, al margen de los modelos ya existentes y de la realidad española, el ministro de Educación respalda con determinación la recomendación de la Comisión Europea (CE) para crear un sistema único de reconocimiento, homologación y acreditación de aprendizajes no reglados adquiridos en el marco de la educación informal y no formal en la UE, un modelo común para todos los ciudadanos de la Unión, antes de 2018.

 Es evidente que, en esta sociedad de la información, el conocimiento se encuentra “soplando en el viento”, que diría Bob Dylan. El aprendizaje, además del obtenido en las entidades proveedoras de formación reglada en los niveles de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional o grados y postgrados universitarios, se encuentra en el entorno vital de cada persona.

 Si admitimos que las competencias y capacidades de jóvenes y adultos «necesita ser adaptada continua y profundamente a las necesidades cambiantes de la economía y el mercado laboral» podremos afirmar, sin temor a equivocarnos, que «la empleabilidad de las personas debe promoverse tanto en los sistemas de educación y formación como en el lugar de trabajo, como una responsabilidad conjunta pública y del sector privado en el contexto del aprendizaje a lo largo de la vida». Además, insisten los señores ministros en sus conclusiones, «Los sistemas de educación y formación deben intentar facilitar la transición desde la educación al empleo».

 Por ello, esta medida adoptada en el marco de la UE me parece enormemente acertada. Es un paso hacia adelante en el reconocimiento social de las habilidades y capacidades de las personas, independientemente de cómo fueron alcanzadas. El saber no es un monopolio exclusivo de los centros reglados, más bien, por el contrario, existen innumerables evidencias de otros mecanismos mediante los cuales adquirimos conocimientos de todo tipo.

 Un sistema único de reconocimiento, homologación y acreditación de los aprendizajes de los ciudadanos en la UE representa un avance cualitativo relevante en el concepto de ciudadanía europea, muchas veces limitada por exclusiones procedimentales de carácter nacional. Por cierto, no se hace alusión a modificación alguna de los actuales procesos en la UE de reconocimiento y homologación, en su caso, de títulos académicos y certificados de profesionalidad cuyo procedimiento de validación en España, por ejemplo, puede calificarse de tortuoso por la burocracia que le rodea.

 Finalmente, quiero manifestar mi satisfacción personal por esta decisión en el marco de la UE. Su puesta en acción va a conceder un protagonismo muy especial a los proveedores de formación no reglada, muy particularmente en el ámbito del aprendizaje a lo largo de toda la vida y de la formación profesional para el empleo, tanto continua de los trabajadores en activo como de aquellos otros en situación de desempleo. Y, por supuesto, los jóvenes aspirantes a un puesto de trabajo encontrarán nuevos instrumentos para demostrar sus habilidades, capacidades y competencias profesionales que les permita transitar más fácilmente hacia el empleo.

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